Las normas vigentes en el Impuesto al Valor Agregado admite la posibilidad del recupero de los créditos fiscales vinculados a operaciones de exportación de bienes y de servicios.
Sin duda que la obtención de este beneficio implica una reducción de los costos de exportación y además contribuye a la reducción de los costos financieros de la operación de que se trate.
Nuestra tarea profesional comprende:
- Análisis de la estructura de costos de la empresa para determinar los montos pasibles de recuperar.
- Verificación del cumplimiento de ciertas formalidades de carácter obligatorio establecidas por las normas fiscales aplicables (Artículo 43 de la Ley de IVA, RG N° 2000/00, etc) que inciden en el plazo del recupero final de los créditos fiscales.
- Evaluación de los proveedores y de la documentación respaldatoria de los créditos fiscales a recuperar.
- Presentación formal del recupero de los créditos fiscales.
- Emisión del dictamen profesional obligatorio.
- Atención de las posibles verificaciones y/o fiscalizaciones derivadas exclusivamente de la presentación del recupero de créditos fiscales, conjuntamente con el personal que la empresa ponga a disposición de esta tarea.