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16-04-2020

PROVINCIA DE TUCUMÁN - OMISIÓN DE ACTUAR COMO AGENTES DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Mediante la RG N° 34/2020 la Provincia de Tucumán dispone que la omisión de actuar como agente de recaudación entre el 1 de febrero y el 29 de febrero de 2020 no será considerada como un incumplimiento, para el caso de aquellos contribuyentes obligados, a partir del 1/2/2020, a actuar como agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, por haber obtenido en el año calendario 2018 ingresos superiores a $ 60.000.000 (gravados, no gravados y exentos), provenientes de todas las actividades y en todas las jurisdicciones -RG (DGR Tucumán) 106/2019-.