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16-12-2016

PROVINCIA DE RÍO NEGRO. CÓDIGO FISCAL. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. LEY DEL IMPUESTO DE SELLOS. MODIFICACIONES. LEY 5175

Se introducen modificaciones al Código Fiscal Provincial [L. (Río Negro) 2686-I], a la ley del impuesto sobre los ingresos brutos [L. (Río Negro) I-1301] y a la ley del impuesto de sellos [L. (Río Negro) I-2407], entre las que destacamos las siguientes:

  1. Código Fiscal:
    1. Se establece que el domicilio fiscal de los contribuyentes y demás responsables será el domicilio fiscal declarado ante la AFIP.
    2. Se dispone que ante un proceso de determinación de deuda como consecuencia de un concurso preventivo o quiebra no se aplicarán multas a los deberes formales, excepto para los agentes de recaudación en el cumplimiento de sus obligaciones como tales.
    3. Ingresos brutos:
      1. - Se establece que estarán incluidos en la exención del impuesto los ingresos provenientes de la edición e impresión de libros, diarios, periódicos y revistas, incluso en soporte electrónico, informático o digital.