Se excluyen del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias para sujetos comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral -R. (DPR Neuquén) 5/2008- a los créditos hipotecarios y los subsidios del Estado Nacional que se acrediten en las cuentas de los beneficiarios del Programa Pro.Cre.Ar, en todas sus modalidades.