A través de la Comunicación A 6957 se extiende hasta el 30 de junio de 2020 la prohibición de cobrar cargos y/o comisiones por operaciones como depósitos, extracciones o consultas efectuadas mediante cajeros automáticos habilitados, sin límite de importe, salvo aquellos que expresamente se convengan por razones de seguridad o restricciones del equipo.
Asimismo, no habrá distinción entre clientes y no clientes, independientemente del tipo de cuenta y la red a la que pertenezca el cajero y se deberá asegurar que todas las personas humanas y jurídicas puedan efectuar extracciones