El 31 de mayo de 2017 vence el plazo para que los monotributistas que hubieren resultado excluidos del régimen simplificado durante el año calendario 2016 reingresen al régimen -conforme lo dispone la RG (AFIP) 3982-E- sin tener que esperar los tres años calendario que exige el artículo 21 de la ley de monotributo.
Por otra parte, el 31 de mayo de 2017 vence el plazo para que los monotributistas que hubieran ingresado las cuotas del régimen correspondiente a los meses de enero y de febrero de 2017 con los valores desactualizados, por no haber tenido habilitados los sistemas bancarios y de pago los valores actualizados en sus sistemas de cobro, puedan ingresar las diferencias surgidas por la aplicación de los nuevos valores de las cuotas sin tener que abonar intereses resarcitorios.