Se aprueba el programa aplicativo “Ganancias Personas Jurídicas” Versión 14.0, el cual deberán utilizar las sociedades, empresas unipersonales, comisionistas, rematadores, consignatarios y demás auxiliares de comercio, fideicomisos y otros que practiquen balance comercial -RG (AFIP) 3077-, a los fines de la determinación del impuesto a las ganancias y de la confección de la respectiva declaración jurada.
El mismo debe ser utilizado para las presentaciones originales y/o rectificativas que se efectúen a partir del día 30/12/2016.