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25-02-1992

CONVENIO MULTILATERAL, REGIMEN GENERAL. AUTORES: PABLO S. VARELA Y RICARDO M. CHICOLINO

46. CONVENIO MULTILATERAL. RÉGIMEN GENERAL

VARELA, Pablo S. - CHICOLINO, Ricardo M.

La empresa "Los Amigos S.A." cuyo cierre de ejercicio opera el 31/1 de cada año, debe calcular los coeficientes de convenio para el período fiscal 1991. La firma se dedica a la fabricación de artículos plásticos. La planta se encuentra ubicada en la Provincia de Buenos Aires, la administración central en la Capital Federal y posee locales de ventas en Capital Federal y Chubut.

La información que a continuación se detalla corresponde al Estado de Resultados ajustado por inflación por el ejercicio cerrado el 31/1/90.

PLANTEO

A. INGRESOS

 

En miles de =A=

a) Venta por corredores de Chubut a clientes de San Juan

1.000

b) Ventas por correspondencia de Chubut a clientes de San Luis: retiran la mercadería en Chubut

800

c) Venta por correspondencia de Capital a clientes de la Provincia de Buenos Aires que retiran de Capital Federal

1.600

d) Ventas en mostrador de Capital a un cliente de Santa Fe que se le entregó la mercadería en un depósito del Chaco

1.800

e) Ventas al mostrador en Capital Federal

10.000

Bonificaciones convenidas

(1.000)

f) Ventas al mostrador en Chubut

8.000

g) Renta de títulos públicos en Capital Federal

2.500

h) Intereses plazos fijos en Chubut

1.500

i) Intereses y actualizaciones cobradas:

 

1. Clientes de Capital por ventas mostrador

2.200

2. Clientes de San Juan

1.400

j) Venta de bienes de uso Provincia Buenos Aires

6.800

k) Exportaciones desde Chubut

5.500

TOTAL

42.100

 

B. CUADRO DE EGRESOS

a) Costo de mercaderías vendidas

1. Materias primas

3.000

2. Mano de obra

3.500

3. Embalaje

1.000

4. Gastos de fabricación

1.500

5. Amortizaciones impositivas

2.000

 

11.000

 

b) Gastos de comercialización

1. Sueldos y cargas sociales personal

Chubut

800

 

Capital

1.300

2.100

 

2. Fletes (Cap. Fed.-Chaco 100, Bs. As.-Chubut

500, Bs. As.Cap. Fed.,100) 

700

 

3. Publicidad y propaganda

a) Radio de Chubut

300

 

b) Diarios de Capital

250

 

c) Diario de San Luis

100

 

d) Diario de San Juan

80

730

 

4. Comisiones a corredores

a) De Chubut en San Juan

50

 

b) De Capital en Provincia de Buenos Aires

40

90

 

 

5. Amortizaciones impositivas

950

a) 60% Capital Federal

b) 40% Chubut

6. Luz, gas y teléfono (íd. proporción que amortiz.)

7.000

7. Impuestos sobre los ingresos brutos

375

 

c) Gastos de administración

1. Sueldos y cargas sociales

Capital

1.100

 

Chubut

1.800

 

Provincia de Buenos Aires

600

3.500

2. Amortizaciones impositivas

 

2.500

3. Luz, gas, teléfono

 

1.800

4. Varios

 

600

 

 

31.345

 

 

c. Impuestos sobre los capitales

4.850

 

SOLUCIÓN

Concep.

Total

N. Alcan.

Neto

S. Juan

S. Luis

Bs. As.

Chubut

Cap. Fed.

a)

(1) 1.000

-

1.000

1.000

 

 

 

 

b)

(2) 800

-

800

 

800

 

 

 

c)

(3) 1.600

-

1.600

 

 

1.600

 

 

d)

(4) 1.800

-

1.800

 

 

 

 

1.800

e)

(5) 9.000

-

9.000

 

 

 

 

9.000

f)

(6) 8.000

-

8.000

 

 

 

8.000

 

g)

(7) 2.500

-

2.500

 

 

 

 

2.500

h)

(8) 1.500

-

1.500

 

 

 

1.500

 

i)

(9) 2.200

-

2.200

 

 

 

 

2.200

 

  1.400

-

1.400

1.400

 

 

 

 

j)

(10)6.800

6.800

-.-

 

 

 

 

 

k)

(11)5.500

5.500

-.-

 

 

 

 

 

 

42.100

12.300

29.800

2.400

800

1.600

9.500

15.500

 

 

 

100

8,054

2,685

5,369

31,879

52,013

 

Coeficiente A

Porcentaje que representan los conceptos no alcanzados sobre el total de ingresos.

12.300

=

0,29216

42.100

Coeficiente B

Porcentaje que representa la exportación sobre el total de ingresos excluyendo el correspondiente a la venta del bien de uso.

5.500

=

0,15581

35.300

Egresos

Conceptos

Total

N/C

Neto

Bs. As.

Chubut

Chaco

Cap. Fed.

S. Juan

a.1) Mat. Pr.

3.000 (12)

3.000

-.-

 

 

 

 

 

2) M.O

.

3.500(13)

546

2.954

2.954

 

 

 

3) Emb.

 

1.000(14)

1.000

-.-

 

 

 

 

4) G.F.

 

1.500(15)

234

1.266

1.266

 

 

 

5) Amort.

 

2.000(16)

312

1.688

1.688

 

 

 

b.1) Sdos.

800 (17)

125

675

 

675

 

 

 

Sdos.

 

1.300(17)

203

1.097

 

 

 

1.097

2) Fletes

 

700 (18)

-

700

300

250

50

100

3) Public.

 

730 (19)

730

-.-

 

 

 

 

4. a) Com.

 

50 (20)

8

42

 

 

 

 

b) Com.

 

40 (20)

6

34

34

 

 

 

5) Amort.

 

950 (21)

148

802

 

321

 

481

6) Luz, gas

 

7.000(22)

1.092

5.908

 

2.363

 

3.545

7) Ing. Br

.

375 (23)

375

-.-

 

 

 

 

c.1) Sdos.

3.500 (24)

1.022

2.478

425

1.274

 

779

 

2) Amort.

 

2.500(25)

730

1.770

 

 

 

1.770

3) Luz, gas

 

1.800(26)

526

1.274

 

 

 

1.274

4) Vs.

 

600 (27)

175

425

 

 

 

425

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

31.345(22)

10.232

21.113

6.667

4.883

50

9.471

42

 

 

 

100

31,577

23,1279

0,2382

44,858

0,1989

INGRESOS

100

8,0540

2,685

5,369

31,8790

52,013

-.-

 

EGRESOS

100

0,1989

-.-

31,577

23,1279

44,858

0,2382

 

 

200

8,2529

2,685

36,946

55,0070

96,871

0,2382

 

(28)  

100

4,1260

1,342

18,473

27,5030

48,436

0,1200

 

 

(1) Se adjudica la venta a San Juan, dado que la actuación de un corredor en una jurisdicción implica sustento territorial (egresos b.1)

(2) La venta por correspondencia, teléfono, télex, fax, etc. (último párrafo, art. 1º) sólo se adjudica a una jurisdicción cuando exista un gasto computable o no en la misma, en este caso, el gasto de publicidad en San Luis permite su adjudicación aunque sea no computable

(3) Se adjudica a Buenos Aires dado que existe sustento territorial (egresos a.2, a.4, a.5, etc.) [inc. b), art. 2º].

(4) En lugar de realización de la operación es en local de ventas de Capital Federal [inc. b), art. 2º]

(5) Idem a 4

(6) Idem a 4, pero con respecto a Chubut

(7) Se adjudica a Capital Federal porque allí se generó el ingreso [inc. b), art. 2º]. Por su parte, en esta planilla conforme nuestro criterio, sólo se incluyen los ingresos gravados y exentos, no así los no gravados

(8) Idem al concepto expresado en el pto. 7, pero con respecto a Chubut

(9) Como los intereses y la actualización son accesorios de una operación original, se adjudican a la misma jurisdicción que la factura que los originó

(10) No se incluyen en la planilla de ingreso porque es un concepto no gravado

(11) Idem al punto 10. Si fuera una exportación adjudicable a Capital Federal, debemos incluirla en la planilla de ingresos s/O.M. 40731 y modif. [art. 89, inc. 12)]. Es una operación exenta

(12) Costo no computable [art. 3º, inc. a)]

(13) Se adjudican al lugar de ubicación de la planta fabril, excluyéndose el porcentaje de M.O. destinada a exportación s/Coef. B (art. 4º)

(14) Gasto no computable [art. 3º, inc. a)]

(15) Idem al pto. 13

(16) Idem al pto. 13 (art. 3º, segundo párrafo)

(17) Se adjudican al lugar de realización del gasto, excluyéndose el porcentaje atribuible a exportación s/Coef. B (art. 4º)

(18) Se adjudican según lo expresado en el último párrafo (art. 4º)

(19) Idem al pto. 12

(20) De acuerdo con lo expresado en el enunciado (art. 4º)

(21) Se adjudican al lugar donde está radicado el bien, excluyéndose el porcentaje destinado a exportación s/Coef. B

(22) Idem al pto. 21

(23) Idem al pto. 14 [art. 4º, inc. d)]

(24) Se adjudican al lugar de realización del gasto excluyéndose el porcentaje relacionado con las dos operaciones no alcanzadas s/Coef. A

(25) Idem al pto. 21, pero utilizando Coef. A

(26) Idem al pto. 21, pero utilizando Coef. A

(27) Idem al pto. 21, pero utilizando Coef. A

(28) La disposición de la C.A. s/Nº del 26/2/85, establece que los coeficientes de distribución de la base imponible deben establecerse en milésimos, motivo por el cual quedarían reexpresados de la siguiente forma:

San Juan

0,041

San Luis

0,014

Buenos Aires

0,185

Chubut

0,275

Capital Federal

0,484

Chaco

0,001

Total

1,000