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07-08-2017

VENCERÁN EN EL MES DE JUNIO DE CADA AÑO. RG N° 4012/2017

AFIP SE REPROGRAMA LA FECHA DE INGRESO DE LOS ANTICIPOS DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2017 Y SE ESTABLECE QUE LAS FUTURAS DECLARACIONES JURADAS DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS SOBRE LOS BIENES PERSONALES Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA VENCERÁN EN JUNIO

Los anticipos segundo, tercero, cuarto y quinto de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales del período fiscal 2017 para las personas humanas vencerán en los meses de setiembre, octubre y diciembre de 2017, y en marzo de 2018, en los días que se detallan según el número de CUIT del responsable.

 

Terminación CUIT              Fecha de vencimiento

0-1-2-3                                   Día 13 del mes correspondiente

4-5-6                                       Día 14 del mes correspondiente

7-8-9                                       Día 15 del mes correspondiente

 

Señalamos que la presente reprogramación de vencimientos de los anticipos difiere con la versión periodística que hemos difundido por este medio el día viernes 4/8/2017.

En otro orden, se establece que vencerán en junio de 2017 las declaraciones juradas del período fiscal 2017 y siguientes de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, y del impuesto a la ganancia mínima presunta de las empresas o explotaciones unipersonales y para otras clases de sociedades constituidas en el país (que no sean sociedades de capital) -art. 49, inc. b), LIG-, y para las personas humanas y sucesiones indivisas titulares de inmuebles rurales en relación con dichos inmuebles, cuyos cierres coincidan con el año calendario.