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30-07-2018

2018 - ATEMPERAR EL EFECTO DE LAS RETENCIONES Y PERCEPCIONES EN EL ISIB.

LOS PERJUICIOS FINANCIEROS DERIVADOS DE LOS CONSTANTES SALDOS A FAVOR EN EL ISIB. 

La generación permanente de saldos a favor en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos (ISIB) y sus homónimos provinciales (Impuesto a las Actividades Económicas, entre otros) provocan graves perjuicios financieros en tanto no puedan ser utilizados en forma inmediata. Esta situación torna inevitable la alternativa de evaluar distintas alternativas para revertir tal situación. Para ello compartimos posibles cursos de acción.

El “Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias”, comúnmente denominado “SIRCREB”, tiene como fin declarado el “posibilitar el cumplimiento de los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a los contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral”.

Para cumplir con la finalidad de su creación este régimen debería considerar que los flujos de fondos que se sometan a la retención deberían provenir exclusivamente de actividades sujetas a la imposición del propio ISIBA, como así también, considerar que la sumatoria de todos los regímenes de retención y percepción no supere la tasa de gravabilidad de la actividad de que se trate.

Resulta claro que estas situaciones están totalmente fuera del control de los organismos de recaudación provinciales, a tal punto, que en muchos casos el SIRCREB se aplica sobre ingresos exentos o no alcanzados por el tributo.

En este contexto, los saldos a favor que arbitrariamente se generan alteran elementos importantes que participan de la conformación de la obligación tributaria, tales como el criterio de devengado, hecho imponible, base imponible, desdibujando el respecto de elementales principios constitucionales tales como los de igualdad, razonabilidad, confiscatoriedad, etc.

Frente a esta realidad, los responsables de las áreas financieras no pueden dejar de  evaluar planes de acción para afrontar el costo de oportunidad asociado a no disponer de dichos fondos.

Entre las alternativas que existen para paliar esta situación se encuentra la posibilidad de tramitar la exclusión del padrón (en forma temporal o permanente), dar inicio inmediato al proceso de devolución de saldos a favor vigente en cada jurisdicción e incluso iniciar cuestionamientos judiciales con motivo de la apropiación de fondos automática que afecta los derechos de los contribuyentes y conculca elementales principios constitucionales aplicables en materia tributaria.